Los Cimientos del Conocimiento
Los autores de la Escuela de Salamanca, lejos de partir de especulaciones abstractas para aplicarlas a la vida práctica, parten de los problemas reales de sus contemporáneos para elaborar soluciones filosóficas, jurídicas y morales.
Entre los problemas existenciales que tenían los contemporáneos a los filósofos de la Escuela y los que tenemos los hombres de todos los tiempos no hay muchas diferencias, por tanto, muchas de las soluciones, que los miembros de la Escuela de Salamanca aportan, son soluciones que valen para esos mismos problemas en otra época de la historia.
Por ejemplo, encontramos en estos autores que exploran cuestiones como los derechos humanos universales y la justicia en las relaciones internacionales, y su influencia llega hasta la forma en que las naciones se relacionaban en un mundo en expansión. También los escolásticos de Salamanca contribuyeron a la noción de una «economía moral», sus debates sobre el valor y la justicia en el comercio sentaron las bases para el pensamiento económico posterior.
Desde el punto de vista político, aunque sus obras a menudo pasaron desapercibidas en su tiempo, la influencia de la Escuela de Salamanca se deslizó en las revoluciones y movimientos de independencia en Europa, América y hasta en India, impactando en la formación de repúblicas y sistemas políticos.
Naturaleza del Bien Común
Hoy día es difícil entender lo que los pensadores de la Escuela de Salamanca entendían por el Bien Común ya que los fundamentos universales para ellos y fundamentales como las Escrituras no son los referentes que hoy se utilizan. Pero es necesario entender el concepto de Bien común que ellos mismos utilizan. Por ello, antes de nada, vamos a numerar algunas notas características de dicho Bien.
El Bien Común requiere que se promueva la virtud y se evite el vicio en la sociedad, ya que la virtud conduce a la verdadera felicidad, es un concepto objetivo, no depende solo de la voluntad del gobernante.
Según Domingo de Soto, hay «unas reglas firmes e inmutables» que determinan el bien común, esas reglas están firmemente arraigadas en la recta razón natural y en la revelación divina, y por ello son universales e inmutables.(1)
El Bien Común es un principio de justicia social, en virtud del mismo hay obligación de distribuir los recursos y las cargas de modo que beneficien a todos los miembros de la comunidad, exige que se proteja especialmente a los más débiles y vulnerables de la sociedad, como los pobres, los enfermos y los niños. En palabras de Francisco Suárez: «Pertenece al bien común la suficiente abundancia de las cosas necesarias para la vida humana».
El Bien Común requiere que haya una suficiente igualdad entre los ciudadanos, evitando excesivas desigualdades que dañen la unidad social. Como explicaba Francisco de Vitoria: «La república bien ordenada procura cierto grado de igualdad». El bien común incluye el bienestar material y espiritual. Nótese que los autores de Salamanca no hablan de total igualdad sino de “suficiente y en cierto grado”.
El Bien Común implica crear una sociedad ordenada, justa y fraterna, que permita el desarrollo integral de todos sus miembros. La visión escolástica del bien común buscaba integrar los bienes particulares en un bien superior de toda la comunidad política.
Hasta tal punto consideraban importante el Bien Común que se convirtió en un criterio tan fundamental para orientar las acciones del poder. Dependiendo de la adecuación de las normas al Bien Común serán legítimas o no lo serán. Por supuesto, dependiendo que los gobernantes respeten del Bien Común serán igualmente legítimos o, por el contrario, serán ilegítimos. En el caso de estas ilegitimidades los súbditos tienen el derecho de resistir y desobedecer por considerar tiránico al gobernante, o la norma. En el caso del gobernante hasta el punto de considerar «justo derrocarle», según Juan de Mariana.
El origen del poder del Real
Si la razón de ser del gobierno es la promoción del Bien Común es porque «Los príncipes son ministros de Dios para promover el bien de sus súbditos» (Francisco de Vitoria) pero hay que tener en cuenta que «la salud del pueblo es la suprema ley. (…) Por ello se instituyeron los reyes, para que (…) atendieran continuamente al bien público» (Juan de Mariana)
Por ello «el rey debe anteponer el bien público a su voluntad particular» (Juan de Mariana) ya que «la república no es para el príncipe, sino el príncipe para la república» (Domingo de Soto). La concepción que la Escuela de Salamanca tiene del rey es muy contraria al poder absoluto al que en el s XVI y posteriores se caminaba con pasos agigantados. El rey no puede anteponer su propio interés al de la comunidad: «el gobernante existe para la utilidad de los gobernados, no al revés» (Martín de Azpilcueta)
Para conseguir estos fines el gobernante debe ser virtuoso, prudente y benéfico con sus súbditos: «El rey está obligado a cultivar su alma con la práctica de la virtud» (Mariana)
El que existan gobernantes implica que exista un orden jerárquico en la sociedad, pero este orden debe respetar la dignidad humana de todas las personas.
La finalidad del poder Real
Para los autores de la Escuela de Salamanca » el fin al que se ordena el poder civil es el bien común temporal de la comunidad perfecta » (Francisco Suárez) y «gobernar es procurar el bien común de los ciudadanos» (Luis de Molina), ya que la comunidad política debe ordenarse al Bien Común, no al bien privado, en palabras de Francisco de Vitoria: «La república no se ordena al bien particular de uno, sino al bien común». Todo ello obliga a la autoridad política a buscar el bien de todos, no solo de una parte, así lo afirmó Juan de Mariana: «Lo que importa es atender al bien universal, sin acepción de personas».
El Bien Común es el fundamento de la misma existencia de un gobierno según explica Tomás de Mercado: «El fin del poder político es el provecho de la comunidad», o Domingo de Soto: «La república bien ordenada procura el bien común», y las acciones de gobierno no tienen otra finalidad como expresa Diego de Covarrubias: «La ley debe ordenarse siempre al bien común de la sociedad».
¿Qué consigue una sociedad, o una “república” en palabras de los juristas de Salamanca, con un poder ordenado al bien común? Francisco de Vitoria da la respuesta: “la paz y la seguridad de la comunidad perfecta» ya que «La paz y la justicia son los bienes más excelentes después de la virtud», a lo que añade Soto: «El fin de la república es vivir según la virtud, y por ello en paz y justicia».
Ante todo, es deber del gobernante garantizar el orden social porque «es conforme al orden de la naturaleza que haya desigualdad de condiciones entre los hombres» (Vitoria) y por ello «La multitud necesita ser gobernada y regida por los más prudentes» (Suárez).
La paz y la seguridad de la comunidad pasa por la justicia social y la atención a los más vulnerables, «los pobres tienen derecho a ser alimentados con los bienes superfluos de los ricos» (Vitoria) y «es deber del príncipe atender las necesidades de los súbditos enfermos y miserables”, puesto que «la república debe evitar que haya excesiva abundancia para unos y carestía para otros» (Soto).
El poder debe considerar que «cierto grado de igualdad es necesario en la república para conservar la paz» (Vitoria) ya que «El destino universal de los bienes exige que se usen con moderación y repartiendo con los necesitados» (Vitoria). «La usura, los fraudes y monopolios se oponen al bien común» (Mariana)
Todas esas recomendaciones están muy bien, si el mundo fuera angelical pero … ¿A los súbditos qué les queda? «Mientras el rey actúe rectamente, es obligatorio obedecerle en todo lo que mande justa y legítimamente» (Suárez)
Los autores de Salamanca no eran ingenuos, sabían de sobra que las motivaciones de los gobernantes suelen ser por todo lo contrario a la finalidad del Bien Común. Por ello lo denunciaron abiertamente, pagando con cárcel algunos de ellos. Además, empezaron a hablar de un nuevo derecho de los gobernados: el derecho de resistencia.
Si el gobernante no cumple con la finalidad para la que ostenta el poder, es decir para el Bien Común, los gobernados tienen un derecho de resistencia al tirano y este derecho quien más fervientemente lo defiende es el Padre Juan de Mariana: «Si el príncipe se convierte en destructor de la república, es lícito y glorioso derrocarle» porque, de otro modo, «la obediencia al príncipe injusto convierte a los hombres en esclavos».
El bien común para la Escuela de Salamanca
Como dijimos en artículos anteriores, la Escuela de Salamanca partió de los claustros de la Universidad de Salamanca y floreció en los siglos XVI y XVII. La ciudad de esta universidad dio nombre a un conjunto de eruditos que componen una escuela de pensamiento. Para más detalle pueden consultar https://libertadcolectivaiberica.com/el-poder-en-la-escuela-de-salamanca-i/
En el artículo citado y los siguientes pueden encontrar la aproximación a un marco de las circunstancias históricas y sociológicas en las que los pensadores de la Escuela de Salamanca desarrollaron sus teorías.
Nos habíamos marcado el objetivo de entender las relaciones de poder en la concepción escolástica de los autores de la Escuela de Salamanca, y para poder entender estas relaciones ha sido necesario tener en cuenta lo que estos mismos autores consideran que es el Bien Común.
El Bien Común fue un concepto central en el pensamiento de estos los teólogos y juristas al que hacen continuas referencias. Tanto es así, que ellos consideraban que el Bien Común era el fin de la comunidad política y que el gobernante tenía obligación de promoverlo incluso anteponiéndolo a su propio interés.
En nuestros días se citan más las teorías económicas de los intelectuales Salmantinos que sus teorías políticas. En general, los autores Salmantinos conciben una economía basada en la justicia, la honestidad y la moderación, todo ello para favorecer el Bien Común. Es el Bien Común el que exige que se respete la propiedad privada, que es necesaria para la libertad, pero la propiedad privada la consideraban subordinada al destino universal de los bienes, siguiendo la tradición Patrística. Es indudable que hay un derecho de propiedad, pero no de manera absoluta ya que la propiedad tiene una función social que debe respetarse.
El Bien Común para estos pensadores era tan importante que implicaba la paz, la justicia y la prosperidad material y espiritual de toda la comunidad política.
Hoy, la Escuela de Salamanca sigue siendo relevante. Sus ideas sobre derechos humanos, justicia global y ética en la economía resuenan en debates contemporáneos.
En las aulas y bibliotecas de la Universidad de Salamanca, un legado de pensamiento audaz dejó su marca en la historia, pero más allá de eso, la Escuela de Salamanca nos recuerda que las semillas del cambio pueden germinar en lugares tan inesperados como el eco silencioso de los claustros de una universidad. Desde ese lugar los pensadores de la Escuela de Salamanca dejaron un legado perdurable y poderoso que sigue resonando en la forma en que hoy comprendemos y concebimos la política.
Notas
(1) Según Domingo de Soto, las reglas inmutables que determinan el bien común son:
- La ley natural. El bien común debe estar de acuerdo con los preceptos universales e inmutables de la ley natural y la ley divina.
- La virtud. El bien común se alcanza mediante la práctica de la virtud y evitando el vicio. Especialmente las virtudes de prudencia, justicia, fortaleza y templanza.
- La paz. La paz y la concordia social son esenciales para el bien común.
- La justicia distributiva. Los bienes y las cargas deben repartirse de forma proporcionada según la condición de cada persona.
- El respeto a la dignidad humana. Todas las personas poseen una dignidad que debe ser respetada y protegida.
- La solidaridad. Se debe ayudar a los más necesitados y vulnerables de la sociedad.
- El destino universal de los bienes. La propiedad privada está subordinada a su función social.
- La moderación. Deben evitarse los excesos y promover la sobriedad y el equilibrio.
- La obediencia al gobernante justo. Mientras el gobernante busque sinceramente el bien común, hay obligación de obedecerle.
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